Cultivo de Cannabis en Colombia ¿Es Legal?
Cultivo de Cannabis en Colombia ¿Es Legal?
El Acto Legislativo 02 de 2009 le dio viabilidad Constitucional para uso científico, medicinal e industrial.
La Ley 1787 de 2016 creó el marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico.
Para cultivar se requiere licencia y cupos expedidos por autoridad competente: Invima, Minjusticia, Minsalud.
Para el cultivo de Cannabis No Psicoactivo no se requiere cupo.
Para el cultivo de Cannabis Psicoactivo se requiere solicitar cupo ante el Grupo Técnico de Cupos.
Para solicitar licencia y cupo se requiere cumplir requisitos técnicos y jurídicos; como el plan de cultivo: cronograma de trabajo con labores específicas del cultivo, procedimientos agrícolas, aspectos sobre la etapa de cultivo, cosecha y postcosecha; entre otros.
El 23 de julio de 2021 se expidió el Decreto 811 de 2021, el cual reemplazó el decreto 613 de 2017, sustituyendo el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, reglamentario de la Ley 1787 de 2016. Con este reglamento se fortalece el marco de regulación del cannabis con fines científicos, médicos e industriales, dando la posibilidad de que, con este último, se de su uso para alimentos, bebidas, suplementos dietarios y cosméticos del grano, componente vegetal y de los derivados no psicoactivos de cannabis para uso humano y veterinario. Además, autoriza la exportación de la flor seca con fines medicinales e incentiva la industria farmacéutica.
